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Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1579 de la Comisión de 31 de julio de 2023 por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento (UE) 2022/2379 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las estadísticas sobre precios agrícolas (Texto pertinente a efectos del EEE)

CELEX
32023R1579
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2023-07-31
In force since
2025-01-01
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Requisitos en materia de datos

Los Estados miembros facilitarán datos sobre el ámbito de las estadísticas sobre precios agrícolas a que se refiere el artículo 5, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2022/2379 en forma de conjuntos de datos agregados. Los datos se transmitirán a la Comisión (Eurostat) al nivel geográfico requerido.

Article 2 Conjuntos de datos

1. El contenido de los datos de los conjuntos de datos se especifica en: a) el anexo I para el tema i), índices de precios agrícolas, para los temas detallados: i) índices tempranos y alcanzados; ii) ponderaciones e índices con nueva base; b) el anexo II para el tema ii), precios absolutos de los insumos, para los temas detallados: i) abonos; ii) piensos; iii) energía; c) el anexo III para el tema iii), precios y cánones de arrendamientos de las tierras agrícolas, para los temas detallados: i) precios de las tierras agrícolas; ii) cánones de arrendamientos de las tierras agrícolas. 2. Para cada conjunto de datos, la sección I especifica: a) una descripción del contenido de los datos; b) las variables que deben facilitarse a nivel nacional y, en su caso, regional; c) los plazos para la transmisión de los datos a la Comisión (Eurostat); d) los períodos de referencia. 3. Para cada conjunto de datos, la sección II especifica: a) una descripción de las unidades de medida; b) los requisitos técnicos relacionados con las variables.

Article 3 Especificaciones metodológicas

Las especificaciones metodológicas relativas a cada uno de los conjuntos de datos de los anexos I, II y III figuran en el anexo IV.

Article 4 Unidades de observación

Las unidades de observación para las estadísticas sobre los temas «Índices de precios agrícolas» y «Precios absolutos de los insumos» son las unidades de la rama de actividad agraria que negocian bienes y servicios, o sus contrapartes en las operaciones. La rama de actividad agraria está compuesta por explotaciones agrícolas, agrupaciones de productores de vino y aceite de oliva, y unidades especializadas que proporcionan a estas empresas una combinación de maquinaria, materiales y mano de obra con los que realizar trabajos por contrato. Las unidades de observación para el tema «Precios y cánones de arrendamientos de tierras agrícolas» son principalmente personas o empresas que participan en las operaciones de venta o arrendamiento de tierras para uso agrícola, incluidos los proveedores de servicios.

Article 5 Descripciones

A efectos del presente Reglamento, se aplicarán las descripciones de términos que figuran en el anexo V.

Article 6 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de enero de 2025.

Relations

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