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Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1769 de la Comisión de 12 de septiembre de 2023 por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos para la aprobación de las organizaciones que participan en el diseño o la producción de sistemas y componentes de gestión del tránsito aéreo y servicios de navegación aérea, y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/203

CELEX
32023R1769
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2023-09-12
In force since
2023-10-05
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Objeto

El presente Reglamento establece los requisitos técnicos y los procedimientos administrativos para la aprobación de las organizaciones que participan en el diseño o la producción de sistemas y componentes de GTA/SNA sujetos a certificación de conformidad con el artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) 2023/1768 o a la declaración de conformidad del diseño de acuerdo con el artículo 5 de dicho Reglamento.

Article 2 Definiciones

A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: 1) «equipos de GTA/SNA», componentes de GTA/SNA, tal como se definen en el artículo 3, apartado 6, del Reglamento (UE) 2018/1139, y sistemas de GTA/SNA, tal como se definen en el artículo 3, apartado 7, de dicho Reglamento, excluidos los componentes de a bordo, que están sujetos al Reglamento (UE) n.o 748/2012 de la Comisión ; 2) «directiva sobre equipos de GTA/SNA», documento expedido por la Agencia según el cual se obliga a los proveedores de GTA/SNA a que lleven a cabo medidas en los equipos de GTA/SNA para resolver situaciones de inseguridad o peligro que se hayan detectado y para restablecer su rendimiento y su interoperabilidad cuando existan pruebas que demuestren que la seguridad, la fiabilidad, el rendimiento o la interoperabilidad de esos equipos concretos pueden verse comprometidos.

Article 3 Requisitos de la autoridad competente

1 A efectos del presente Reglamento, la Agencia será la autoridad competente responsable de la expedición de aprobaciones a las organizaciones que participan en el diseño o la producción de equipos de GTA/SNA, así como de la supervisión y ejecución con respecto a dichas organizaciones.

2 La Agencia cumplirá los requisitos detallados establecidos en el anexo I (parte DPO.AR) cuando lleve a cabo la certificación, las investigaciones, las inspecciones, las auditorías y otras actividades de supervisión necesarias para garantizar la supervisión eficaz de las organizaciones que participan en el diseño o la producción de equipos de GTA/SNA sujetos al presente Reglamento. La Agencia podrá solicitar el apoyo administrativo de las autoridades nacionales competentes para llevar a cabo sus tareas relacionadas con la certificación, la supervisión y la ejecución en el desempeño de sus funciones en virtud del presente Reglamento.

Article 4 Organizaciones que participan en el diseño o la producción de equipos de GTA/SNA

1 Una organización que participe en el diseño o la producción de equipos de GTA/SNA sujetos a la certificación de conformidad con el artículo 4 del Reglamento Delegado (UE) 2023/1768 o a la declaración de conformidad del diseño de acuerdo con el artículo 5 de dicho Reglamento demostrará su capacidad como organización de diseño o producción de equipos de GTA/SNA de conformidad con el anexo II (parte DPO.OR).

2 Se considerará que las organizaciones que participan en el diseño o la producción de los equipos de GTA/SNA del Sistema Europeo de Navegación por Complemento Geoestacionario (EGNOS) cumplen los requisitos del anexo II del presente Reglamento al demostrar su conformidad con el Reglamento (UE) 2021/696 y con las normas de gestión, diseño y calidad aplicables a EGNOS en virtud de dicho Reglamento. No se exigirá que dichas organizaciones cuenten con la aprobación de la Agencia. La Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial velará, en su función de organización de diseño o producción, por que las demás organizaciones que participan en el diseño o la producción de los equipos de EGNOS sigan procesos de diseño y producción que den lugar a un nivel de seguridad e interoperabilidad equivalente al del anexo II (parte DPO.OR).

Article 5 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/203

El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/203 se modifica como sigue: 1) En el artículo 2, apartado 1, se añade la letra j) siguiente: «j) organizaciones aprobadas que participan en el diseño o la producción de sistemas y componentes de GTA/SNA sujetos al Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1769 de la Comisión . 2) En el artículo 6, apartado 1, se añade la letra h) siguiente: «h) en lo que respecta a las organizaciones contempladas en el artículo 2, apartado 1, letra j), la autoridad competente designada de conformidad con el artículo 3, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1769.».

Article 6 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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