Decisión de Ejecución (UE) 2024/853 de la Comisión, de 14 de marzo de 2024, por la que se acepta una solicitud presentada por el Reino de España, de conformidad con el artículo 7, apartado 4, de la Directiva (UE) 2016/797 del Parlamento Europeo y del Consejo, para no aplicar temporalmente el punto 7.3.1.1 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1695 de la Comisión a la línea 502 entre Cáceres y Valencia de Alcántara [notificada con el número C(2024) 1571]
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
Se acepta la solicitud de España de no aplicar temporalmente el punto 7.3.1.1 del anexo I del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1695 al tramo de la línea 502 de la red ferroviaria española, situado dentro de los límites geográficos de Cáceres (punto kilómetro 332 + 529), Arroyo de Malpartida, Valencia de Alcántara al punto kilómetro 428 + 500.
Article 2
La presente Decisión dejará de aplicarse en la fecha en que el despliegue del FRMCS u otro sistema de radio moderno equivalente sea obligatorio para la red ferroviaria global europea.
Article 3
El destinatario de la presente Decisión es el Reino de España.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions