Decisión (UE) 2024/1102 del Consejo, de 25 de marzo de 2024, relativa a la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea en el Comité Especializado en Energía UE-Reino Unido creado por el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, con respecto a la adopción de orientaciones sobre los mecanismos de trabajo y los acuerdos administrativos
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
La posición que debe adoptarse en nombre de la Unión Europea con el Comité Especializado en Energía será la establecida en el proyecto de decisión de dicho Comité adjunto a la presente Decisión.
Article 2
1 La posición de la Unión a que se refiere el artículo 1 se especificará con más detalle cuando, antes de su conclusión, los mecanismos de trabajo y los acuerdos administrativos a que se refieren los anexos del proyecto de decisión del Comité Especializado se sometan a la consideración del Comité Especializado.
2 A efectos del apartado 1 del presente artículo, la Comisión transmitirá al Consejo los mecanismos de trabajo y los acuerdos administrativos a que se refiere ese apartado, de conformidad con el artículo 2, apartado 2, de la Decisión (UE) 2021/689.
3 Siempre que los mecanismos de trabajo y los acuerdos administrativos a que se refiere el apartado 1 del presente artículo cumplan lo dispuesto en el Acuerdo y en la posición de la Unión a que se refiere el artículo 1, el Consejo podrá aprobar una consideración positiva que deberá expresar la Comisión en nombre de la Unión.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
Se adoptan por la presente las orientaciones del Comité Especializado que figuran en el anexo I como orientaciones sobre los mecanismos de trabajo entre la REGRT de Electricidad y los gestores de redes de transporte de electricidad del Reino Unido. El Comité Especializado pide a las Partes que se lo comuniquen a estos sin demora.
Article 2
Se adoptan por la presente las orientaciones del Comité Especializado que figuran en el anexo II como orientaciones sobre los mecanismos de trabajo entre la REGRT de Gas y los gestores de redes de transporte de gas del Reino Unido. El Comité Especializado pide a las Partes que se lo comuniquen a estos sin demora.
Article 3
Se adoptan por la presente las orientaciones del Comité Especializado que figuran en el anexo III como orientaciones sobre los acuerdos administrativos entre la ACER y la autoridad reguladora del Reino Unido designada de conformidad con el artículo 310 del Acuerdo de Comercio y Cooperación (GEMA y Utility Regulator). El Comité Especializado pide a las Partes que se lo comuniquen a estos sin demora.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions