Decisión (UE) 2024/1873 del Consejo, de 24 de junio de 2024, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto establecido por el Acuerdo entre la Unión Europea y la Confederación Suiza relativo a la vinculación de sus regímenes de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, por lo que respecta a la modificación del anexo II del Acuerdo y de los procedimientos operativos comunes y las normas técnicas de enlaceTexto pertinente a efectos del EEE.
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, durante la séptima reunión del Comité Mixto, o antes mediante procedimiento escrito con arreglo al artículo 8, apartado 4, del reglamento interno del Comité Mixto, se basará en el proyecto de Decisión del Comité Mixto adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
1 El anexo II del Acuerdo se sustituye por el texto que figura en el anexo I de la presente Decisión.
2 Los procedimientos operativos comunes a que se refiere el artículo 3, apartado 6, del Acuerdo figuran en el anexo II de la presente Decisión. Sustituyen a los procedimientos operativos comunes que figuran en el anexo de la Decisión n.o 1/2020.
3 Las normas técnicas de enlace a que se refiere el artículo 3, apartado 7, del Acuerdo figuran en el anexo III de la presente Decisión. Sustituyen a las normas técnicas de enlace que figuran en el anexo de la Decisión n.o 2/2020
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions