Decisión de Ejecución (UE) 2024/2420 de la Comisión, de 13 de septiembre de 2024, relativa a una excepción por parte de Hungría al reconocimiento mutuo de una autorización relativa al biocida URAGAN D2, que contiene cianuro de hidrógeno, con arreglo al artículo 37 del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo [notificada con el número C(2024) 6413]
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Article 1
1 La excepción al reconocimiento mutuo propuesta por Hungría, es decir, la denegación de autorización del biocida contemplado en el apartado 2, se justifica por motivos relativos a la protección de la salud y la vida de las personas, como establece el artículo 37, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) n.o 528/2012.
2 El apartado 1 se aplica al biocida identificado con el siguiente número de caso asignado por el Registro de Biocidas: BC-JN038446-27.
Article 2
El destinatario de la presente Decisión es Hungría.
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