Orientación (UE) 2024/1164 del Banco central Europeo, de 8 de febrero de 2024, por la que se modifica la Orientación (UE) 2016/65 sobre los recortes de valoración que se utilizan en la aplicación del marco de la política monetaria del Eurosistema (BCE/2015/35) (BCE/2024/5)
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Article 1 Modificaciones
«3 No se aplicarán recortes de valoración a los certificados de deuda del BCE y los certificados de deuda emitidos por BCN con anterioridad a la fecha de adopción del euro en sus respectivos Estados miembros cuya moneda es el euro».
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
1 La presente Orientación entrará en vigor el día de su notificación a los BCN.
2 Los BCN adoptarán las medidas necesarias para cumplir la presente Orientación y aplicarlas desde el 6 de mayo de 2024, y notificarán al BCE los textos y medios relativos a dichas medidas a más tardar el 22 de marzo de 2024.
Article 3 Destinatarios
La presente Orientación se dirige a los BCN.
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