Reglamento de Ejecución (UE) 2024/1281 de la Comisión, de 7 de mayo de 2024, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1208 relativo a la estructura, el formato, los procesos de presentación de información y la revisión de la información notificada por los Estados miembros con arreglo al Reglamento (UE) 2018/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1 Modificaciones del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1208
«1 En la realización de las revisiones exhaustivas a que se refiere el artículo 38, apartados 1 y 1 bis, del Reglamento (UE) 2018/1999, la Comisión y la Agencia Europea del Medio Ambiente tendrán el respaldo de un equipo de revisión de expertos técnicos y aplicarán el procedimiento establecido en el anexo XXII.»
Article 32 Informes finales de las revisiones
La Comisión informará al Estado miembro interesado de la conclusión de la revisión exhaustiva y presentará al Estado miembro un informe final de la revisión a más tardar el 30 de agosto de 2025, el 30 de agosto de 2027 y el 30 de agosto de 2032, respectivamente.».
Article 2 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 14 de mayo de 2024. No obstante, el artículo 1, apartado 11, será aplicable a partir del 1 de enero de 2028.
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