Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2211 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2024, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido oxálico originario de la India y la República Popular China tras una reconsideración por expiración en virtud del artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
1 Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido oxálico originario de la India y de la República Popular China, en forma dihidratada (número CUS 0028635-1 y número CAS 6153-56-6) o anhidra (número CUS 0021238-4 y número CAS 144-62-7), en solución acuosa o no, clasificado actualmente en el código NC ex29171100 (código TARIC 2917110091).
2 Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, no despachado de aduana, del producto descrito en el apartado 1 y fabricado por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: País de origenEmpresaDerecho antidumpingCódigo TARIC adicionalIndiaPunjab Chemicals and Crop Protection Limited22,8 %B230Star Oxochem Pvt Ltd31,5 %B270Las demás importaciones originarias de la India43,6 %B999República Popular ChinaShandong Fengyuan Chemicals Stock Co., Ltd; Shandong Fengyuan Uranus Advanced Material Co., Ltd37,7 %B231Yuanping Changyuan Chemicals Co., Ltd14,6 %B232Las demás importaciones originarias de China52,2 %B999
3 La aplicación de los tipos del derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que el (volumen) de (producto objeto de reconsideración) vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en esta factura ha sido fabricado por (nombre y dirección de la empresa) (código TARIC adicional) en (país afectado). Declara, asimismo, que la información facilitada en la presente factura es completa y correcta». En caso de que no se presente esta factura, será aplicable el derecho calculado para las demás empresas.
4 Salvo que se disponga lo contrario, serán aplicables las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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