Reglamento Delegado (UE) 2024/2512 de la Comisión, de 17 de abril de 2024, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, por lo que respecta al ácido behénico procedente de semillas de mostaza para su uso en la fabricación de determinados emulgentes
Text
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Article 1
El punto 10 del anexo II del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 se sustituye por el texto siguiente: «10. Mostaza y productos derivados, excepto: ácido behénico con un mínimo del 85 % de pureza y obtenido tras dos fases de destilación utilizado en la fabricación de los emulgentes E470a, E471 y E477.».
Article 2
Los alimentos legalmente comercializados o etiquetados antes del 1 de abril de 2025 que no cumplan lo dispuesto en el presente Reglamento podrán comercializarse hasta que se agoten sus existencias.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 1 de abril de 2025.
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