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Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2835 de la Comisión, de 4 de noviembre de 2024, por el que se establecen plantillas relativas a las obligaciones de transparencia informativa de los prestadores de servicios intermediarios y de los prestadores de plataformas en línea en virtud del Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo

CELEX
32024R2835
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2024-11-04
In force since
2024-11-25
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Plantillas para los informes de transparencia

1 A efectos del cumplimiento de sus obligaciones de transparencia informativa en virtud de los artículos 15, 24 y 42 del Reglamento (UE) 2022/2065, los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño utilizarán las versiones en CSV o en XLSX de las plantillas que figuran en el anexo I del presente Reglamento.

2 Las plantillas a que se refiere el apartado 1 del presente artículo se cumplimentarán y pondrán a disposición del público de conformidad con el anexo II del presente Reglamento.

Article 2 Período cubierto

1 El período cubierto anual para los prestadores de servicios intermediarios, de servicios de alojamiento de datos y de plataformas en línea de conformidad con el artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065 será del 1 de enero al 31 de diciembre.

2 Los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño publicarán sus informes de transparencia al menos cada seis meses de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2022/2065, que abarcarán, respectivamente, los períodos comprendidos entre el 1 de enero y el 30 de junio y el 1 de julio y el 31 de diciembre.

3 Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño harán públicos los informes a que se refiere el presente artículo a más tardar dos meses después de la fecha de conclusión de cada período cubierto.

4 Los informes de transparencia de los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y los prestadores de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño se basarán en las plantillas del anexo I del presente Reglamento a partir del 1 de julio de 2025.

Article 3 Período de conservación

1 Los prestadores de servicios intermediarios, los prestadores de servicios de alojamiento de datos, los prestadores de plataformas en línea, los prestadores de plataformas en línea de muy gran tamaño y de motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño conservarán los informes de transparencia durante al menos cinco años después de su publicación.

2 Los informes de transparencia, incluidas todas las versiones publicadas, permanecerán a disposición del público durante todo el período de conservación.

Article 4 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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