Decisión (UE) 2025/799 del Consejo, de 14 de abril de 2025, por la que se establece la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en lo que respecta a la adopción de una decisión por la que se incorpora un acto de la Unión recientemente adoptado al anexo 2 del Marco de Windsor
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto creado en virtud del artículo 164, apartado 1, del Acuerdo de Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (en lo sucesivo, «Comité Mixto»), es la que se establece en el proyecto de decisión del Comité Mixto adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
El Reglamento (UE) 2024/2847 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativo a los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 168/2013 y el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2020/1828 (Reglamento de Ciberresiliencia), a excepción de sus artículos 5 y 67, se incorporará al anexo 2 del Marco de Windsor en el punto 47 «Otros».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción.
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