Decisión (UE) 2025/800 del Consejo, de 14 de abril de 2025, por la que se establece la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto creado por el Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en lo que respecta a la adopción de una decisión por la que se incorpora un acto de la Unión recientemente adoptado al anexo 2 del Marco de Windsor
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Mixto creado en virtud del artículo 164, apartado 1, del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (en lo sucesivo, «Comité Mixto»), es la que se establece en el proyecto de decisión del Comité Mixto adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1
El Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 300/2008, (UE) n.o 167/2013, (UE) n.o 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial), en lo que respecta a las condiciones y las especificaciones técnicas para la comercialización de productos y para su puesta en servicio en la medida en que atañe a la libre circulación de productos, y con excepción de sus artículos 102, 108 y 110, se incorporará al anexo 2 del Marco de Windsor en el punto 47 «Otros».
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción.
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