Decisión (UE) 2025/1146 del Consejo, de 27 de mayo de 2025, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité de Control de los Buques por el Estado Rector del Puerto del Memorando de Acuerdo de París para el Control de los Buques por el Estado Rector del Puerto durante el período 2025-2029
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en las reuniones anuales del Comité de Control de los Buques por el Estado Rector del Puerto (en lo sucesivo, «Comité») del Memorando de Acuerdo de París para el Control de los Buques por el Estado Rector del Puerto (en lo sucesivo, «MA de París»), durante el periodo 2025-2029, cuando el Comité deba adoptar decisiones que produzcan efectos jurídicos, está establecida en el anexo I de la presente Decisión.
Article 2
Las especificaciones de cada año de la posición que debe adoptarse en nombre de la Unión en las reuniones anuales del Comité del MA de París durante el período 2025-2029, están establecidas en el anexo II de la presente Decisión.
Article 3
La posición a que se refiere el artículo 1 será expresada por los Estados miembros de la Unión que sean miembros del MA de París, actuando conjuntamente en interés de la Unión.
Article 4
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Expirará el 31 de diciembre de 2029.
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