Decisión (UE) 2025/1579 del Consejo, de 18 de julio de 2025, por la que se autoriza la apertura de negociaciones con la República de Kazajistán con miras a un acuerdo sobre readmisión
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Article 1
1 Se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones con miras a un acuerdo sobre readmisión con la República de Kazajistán.
2 Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo que figuran en la adenda de la presente Decisión.
Article 2
1 Las negociaciones se llevarán a cabo en consulta con el Grupo «Integración, Migración y Expulsión», que es el comité especial designado por el Consejo de conformidad con el artículo 218, apartado 4, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
2 La Comisión informará periódicamente al comité especial mencionado en el apartado 1, sobre los avances logrados con arreglo a la presente Decisión, y le consultará de manera regular.
3 Siempre que lo solicite el Consejo, la Comisión le informará sobre el desarrollo y el resultado de las negociaciones.
Article 3
1 La presente Decisión será válida por un período de cinco años a partir de la fecha de su adopción.
2 A más tardar seis meses antes de que finalice el período a que se refiere el apartado 1, la Comisión podrá presentar al Consejo una recomendación para prorrogarlo. El Consejo examinará la situación sobre la base de dicha recomendación y podrá decidir que se prorrogue el período de validez tras realizar una evaluación que tenga en cuenta los avances de las negociaciones, así como las relaciones generales entre la Unión y sus Estados miembros y la República de Kazajistán.
Article 4
La destinataria de la presente Decisión es la Comisión.
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