Skip to content
Seqlense EUR-Lex

Decisión (UE) 2025/2023 del Consejo, de 2 de octubre de 2025, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Consejo de Asociación creado en virtud del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, con respecto a la modificación del Protocolo n.° 4 de dicho Acuerdo relativo a la definición de la noción de «productos originarios» y a los métodos de cooperación administrativa

CELEX
32025D2023
Document type
DEC
Sector
Legislation
Date of document
2025-10-02
In force since
2025-10-02
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Consejo de Asociación creado en virtud del Acuerdo Euromediterráneo por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y el Reino de Marruecos, por otra, con respecto a la modificación del Protocolo n.o 4 se basará en el proyecto de Decisión del Consejo de Asociación adjunto a la presente Decisión.

Article 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Article 8* Excepciones a la aplicación mutatis mutandis del Protocolo n.o 4

En la aplicación del Convenio y de las normas transitorias: Las expresiones “sus buques” y “sus buques factoría” del Título II del Convenio y de las normas transitorias se refieren a un Estado miembro de la Unión, a Marruecos o al Sáhara Occidental. Las disposiciones del Título III del Convenio y de las normas transitorias no se ven afectadas por las elaboraciones, transformaciones o modificaciones realizadas en Marruecos o los envíos exportados desde Marruecos a la Unión. Las pruebas de origen se completarán como se muestra a continuación: En el certificado de circulación de mercancías EUR.1: En la casilla 2, “Certificado utilizado en los intercambios preferenciales entre … y …” se incluirá una referencia a “Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Unión Europea y el Reino de Marruecos sobre la modificación de los Protocolos n.o 1 y n.o 4 del Acuerdo Euromediterráneo de … 2025”. La casilla 4, “País, grupo de países o territorio de donde se consideran originarios los productos”, no deberá cumplimentarse. La referencia a “Dakhla Oued Ed-Dahab” o “Laâyoune-Sakia El Hamra”, según proceda, se incluirá en la casilla 7, “Observaciones”. En la declaración de origen, la referencia a “Dakhla Oued Ed-Dahab” o “Laâyoune-Sakia El Hamra”, según proceda, se incluirá en la relación con la nota a pie de página (2) de los anexos sobre el texto de la declaración de origen.».

Article 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción. Será aplicable a partir del …

Relations

What this act cites, and what cites it.

Show relations

Versions

Point-in-time consolidated versions of this act.

Show versions