Decisión (UE) 2025/2134 del Consejo, de 18 de septiembre de 2025, por la que se autoriza la apertura de negociaciones con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y con Canadá, respectivamente, con miras a varios acuerdos por los que se establezcan las condiciones para la participación de las entidades establecidas en dichos terceros países y productos originarios de sus territorios en las adquisiciones apoyadas por el instrumento SAFE creado por el Reglamento (UE) 2025/1106 del Consejo
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
1 Se autoriza a la Comisión a entablar negociaciones con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y con Canadá, respectivamente, con miras a varios acuerdos por los que se establezcan las normas de participación de las entidades establecidas en dichos terceros países y productos originarios de sus territorios en las adquisiciones apoyadas por el Instrumento SAFE creado por el Reglamento (UE) 2025/1106, de conformidad con el artículo 17 de dicho Reglamento.
2 Las negociaciones se llevarán a cabo sobre la base de las directrices de negociación del Consejo que figuran en la adenda de la presente Decisión.
Article 2
Se nombra a la Comisión negociadora de la Unión.
Article 3
Las negociaciones se llevarán a cabo en consulta con el Grupo «Industria de la Defensa», que queda designado como el comité especial previsto en el artículo 218, apartado 4, del Tratado, y de conformidad con las directrices que figuran en el anexo de la presente Decisión, a reserva de cualquier directriz que el Consejo pueda dictar posteriormente a la Comisión. La Comisión informará periódicamente al Grupo «Industria de la Defensa» sobre la marcha de las negociaciones y transmitirá sin demora todos los documentos de la negociación pertinentes.
Article 4
La destinataria de la presente Decisión es la Comisión.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions