Decisión (UE) 2025/2416 del Consejo, de 27 de octubre de 2025, relativa a la posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión Europea, en el Comité Especializado en Transporte por Carretera establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, con respecto a una lista de categorías, tipos y niveles de gravedad de las infracciones graves que pueden acarrear la pérdida de honorabilidad de los transportistas de mercancías por carretera
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Article 1
La posición que debe adoptarse, en nombre de la Unión, en el Comité Especializado en Transporte por Carretera creado por el artículo 8, apartado 1, letra o), del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra (en lo sucesivo, «Comité Especializado en Transporte por Carretera»), con respecto a una lista de categorías, tipos y niveles de gravedad de las infracciones graves que pueden acarrear la pérdida de honorabilidad de los transportistas de mercancías por carretera, se establece en el proyecto de Decisión del Comité Especializado en Transporte por Carretera adjunto a la presente Decisión.
Article 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Article 1 Categorías, tipos y niveles de gravedad de las infracciones
La presente Decisión establece la lista de categorías, tipos y niveles de gravedad de las infracciones graves de las normas del Acuerdo de Comercio y Cooperación en el transporte de mercancías por carretera que, según lo dispuesto en el anexo de la presente Decisión, además de las mencionadas en el anexo 31, apéndice 31-A-1-1, del mencionado Acuerdo, pueden acarrear la pérdida de honorabilidad de los transportistas de mercancías por carretera.
Article 2 Entrada en vigor y aplicación
La presente Decisión entrará en vigor el día siguiente al de su adopción. Será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2025.
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