Reglamento Delegado (UE) 2025/101 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2024, por el que se adaptan las contribuciones para la financiación del Fondo Especial de Desempleo establecidas en los artículos 28 bis y 96 del Régimen aplicable a los otros agentes
Text
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Article 1
Las contribuciones previstas en el artículo 28 bis, apartado 7, y en el artículo 96, apartado 7, del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea se ajustan al 0,51 % mediante la modificación de las presentes disposiciones como sigue: 1) En el artículo 28 bis, apartado 7, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente: «Esta contribución se fija en el 0,51 % del sueldo base del interesado, una vez efectuada una deducción fija de 1585,45 EUR y sin aplicar los coeficientes correctores previstos en el artículo 64 del Estatuto de los funcionarios de la UE.». 2) En el artículo 96, apartado 7, la segunda frase se sustituye por el texto siguiente: «Esta contribución se fija en el 0,51 % del sueldo base del interesado, una vez efectuada una deducción fija de 1189,08 EUR y sin aplicar los coeficientes correctores previstos en el artículo 64 del Estatuto de los funcionarios de la UE.».
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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