Reglamento de Ejecución (UE) 2025/325 de la Comisión, de 18 de febrero de 2025, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1776 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de melamina originaria de la República Popular China tras una reconsideración provisional parcial de conformidad con el artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
Text
Article-level text, parsed from the formex manifestation.
Article 1
1 Se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de melamina, actualmente clasificada en el código NC 29336100 y originaria de la República Popular China.
2 Los tipos del derecho antidumping definitivo aplicables al precio neto franco en la frontera de la Unión, derechos no pagados, de los productos descritos en el apartado 1 y fabricados por las empresas indicadas a continuación serán los siguientes: EmpresaDerecho antidumping definitivo (%)Código TARIC adicionalXinjiang Xinlianxin Energy Chemical Co., Ltd12,08 99 BSichuan Golden-Elephant Sincerity Chemical Co., Ltd44,9A 986Shandong Holitech Chemical Industry Co., Ltd47,6A 987Henan Junhua Development Company, Ltd49,0A 988Las demás importaciones originarias de China65,2A 999
3 La aplicación de los tipos de derecho individuales especificados para las empresas mencionadas en el apartado 2 estará condicionada a la presentación a las autoridades aduaneras de los Estados miembros de una factura comercial válida en la que figure una declaración fechada y firmada por un responsable de la entidad que expida dicha factura, identificado por su nombre y cargo, con el texto siguiente: «El abajo firmante certifica que el [volumen] de [producto afectado] vendido para su exportación a la Unión Europea consignado en la presente factura ha sido fabricado por [nombre y dirección de la empresa] [código TARIC adicional] en [país afectado]. Declara, asimismo, que la información que figura en la presente factura es completa y correcta». Si no se presenta dicha factura, se aplicará el tipo de derecho aplicable a «todas las demás empresas».
Article 2
Salvo disposición en contrario, serán de aplicación las disposiciones vigentes en materia de derechos de aduana.
Article 3
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Relations
What this act cites, and what cites it.
Show relationsVersions
Point-in-time consolidated versions of this act.
Show versions