Reglamento Delegado (UE) 2025/452 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2024, que corrige el Reglamento Delegado (UE) 2021/642 por el que se modifica el anexo III del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a determinadas informaciones que deben figurar en el etiquetado de los productos ecológicos
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Article 1 Corrección del Reglamento Delegado (UE) 2021/642
En el anexo del Reglamento Delegado (UE) 2021/642, el punto 2 del anexo III del Reglamento (UE) 2018/848 se corrige como sigue: 1) Se suprime el último párrafo del punto 2.1.3. 2) Se añade la letra siguiente: «2.1.4. La información contemplada en los puntos 2.1.1 y 2.1.2 podrá presentarse únicamente en un documento de acompañamiento, siempre y cuando dicho documento pueda relacionarse de forma que no ofrezca lugar a dudas con el envase, recipiente o vehículo de transporte del producto. Este documento de acompañamiento deberá incluir información relativa al proveedor o al transportista.».
Article 2 Entrada en vigor
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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