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Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1395 de la Comisión, de 15 de julio de 2025, por el que se corrige y modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/997 en lo que respecta a los términos de la autorización de la L-lisina base, líquida, como aditivo en piensos para todas las especies animales

CELEX
32025R1395
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2025-07-15
In force since
2025-08-05
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Corrección y modificación del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/997

El anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/997 se sustituye por el anexo del presente Reglamento.

Article 2 Medidas transitorias

1 El aditivo para piensos L-lisina base, líquida, con número de identificación 3c320, producido con Corynebacterium glutamicum NRRL B-67439 o con Corynebacterium glutamicum NRRL B-67535, autorizado con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) 2020/997, y las premezclas que contengan dicho aditivo, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 5 de febrero de 2026 de conformidad con las normas aplicables antes del 5 de agosto de 2025 podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias afectadas.

2 Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan el aditivo para piensos mencionado en el apartado 1, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 5 de agosto de 2026 de conformidad con las normas aplicables antes del 5 de agosto de 2025, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias afectadas si se destinan a animales productores de alimentos.

3 Los piensos compuestos y las materias primas para piensos que contengan el aditivo para piensos mencionado en el apartado 1, que hayan sido producidos y etiquetados antes del 5 de agosto de 2027 de conformidad con las normas aplicables antes del 5 de agosto de 2025, podrán seguir comercializándose y utilizándose hasta que se agoten las existencias afectadas si se destinan a animales productores de alimentos.

Article 3 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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