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Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2295 de la Comisión, de 13 de noviembre de 2025, por el que se establecen la lista y la descripción de las variables y sus especificaciones técnicas, clasificaciones estadísticas, desgloses, metadatos y objetivos de precisión para los temas vacantes de empleo, índice de coste laboral y brecha retributiva de género con arreglo al Reglamento (UE) 2025/941 del Parlamento Europeo y del Consejo

CELEX
32025R2295
Document type
REG_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2025-11-13
In force since
2025-12-04
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1 Lista y descripción de las variables y sus especificaciones técnicas

1 Los datos se transmitirán a nivel nacional. La lista de las variables, su descripción, sus especificaciones técnicas, así como las clasificaciones estadísticas y los desgloses que deben transmitirse a la Comisión (Eurostat), serán los que figuran en el anexo I.

2 Cuando se disponga de datos correspondientes al tema «estructura salarial», los datos correspondientes al tema «brecha retributiva de género» transmitidos en virtud del presente Reglamento se revisarán en caso necesario. Los datos revisados coincidirán plenamente con los valores correspondientes transmitidos en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1526 de la Comisión .

Article 2 Objetivos de precisión

Los objetivos de precisión de las encuestas estadísticas serán los que figuran en el anexo II.

Article 3 Metadatos

1 Al presentar a la Comisión (Eurostat) los datos trimestrales para los temas «vacantes de empleo» e «índice de coste laboral», y los datos anuales para el tema «brecha retributiva de género» con arreglo al Reglamento (UE) 2025/941, los Estados miembros transmitirán información (metadatos) sobre: a) Cambios importantes en el mercado laboral que afectaron al número de puestos ocupados o vacantes para el tema «vacantes de empleo», en el índice de coste laboral y sus componentes para el tema «índice de coste laboral», y en las variables del tema «brecha retributiva de género». b) Cambios en las fuentes y los métodos aplicados en el último trimestre de referencia para los temas «vacantes de empleo» e «índice de coste laboral», o en el último año de referencia para el tema «brecha retributiva de género», que describan: los cambios en las fuentes y los métodos; las series afectadas, a nivel de sección de la NACE; el efecto esperado en términos de calidad, en particular el sesgo y la volatilidad; si los cambios han provocado una interrupción en la serie y si se han ajustado o revisado los datos anteriores. c) Las causas de revisiones importantes o frecuentes en datos anteriores. d) Cualquier otra información pertinente que permita interpretar cambios importantes en los datos y relacionados con la situación real del mercado laboral o con cambios en las fuentes y los métodos.

Article 4 Formatos para la transmisión de la información

1 Los Estados miembros transmitirán a la Comisión (Eurostat) conjuntos de datos en formato electrónico con datos que hayan sido completamente comprobados y editados y que cumplan las normas de validación con arreglo a la especificación de variables establecida en el anexo I. Los datos se transmitirán en conjuntos de datos completos que abarquen todas las variables, con independencia del número de observaciones y variables revisadas.

2 Los Estados miembros pondrán a disposición de la Comisión (Eurostat) los datos y metadatos exigidos en virtud del presente Reglamento utilizando las normas de intercambio de datos estadísticos especificadas por la Comisión (Eurostat) y la ventanilla única.

Article 5 Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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