Declaración del Consejo y de la Comisión referente a la letra h) del apartado 14 del artículo V 2) del Acuerdo relativo a los contratos públicos resultante de las negociaciones comerciales multilaterales celebradas en el marco del GATT Diario Oficial n° C 211 de 19/08/1980 p. 0003 - 0003 Edición especial griega: Capítulo 11 Tomo 21 p. 0028 Edición especial en español: Capítulo 11 Tomo 13 p. 0045 Edición especial en portugués: Capítulo 11 Tomo 13 p. 0045 Declaración del Consejo y de la Comisión referente a la letra h ) del apartado 14 del artículo V del Acuerdo relativo a los contratos públicos resultante de las negociaciones comerciales multilaterales celebradas en el marco del GATT El Consejo y la Comisión declaran que , en lo que se refiere a las compras compensatorias contempladas en la letra h ) del apartado 14 del artículo V , del Acuerdo relativo a los contratos públicos , las entidades compradoras de los Estados miembros de la Comunidad Económica Europea podrán , en las condiciones previstas por dicha disposición y mediante una cláusula a propósito incluida en el contrato que celebren con el abastecedor en cuestión en el tercer país , reservar estas compras a las fabricaciones comunitarias .
Declaración del Consejo y de la Comisión referente a la letra h) del apartado 14 del artículo V 2) del Acuerdo relativo a los contratos públicos resultante de las negociaciones comerciales multilaterales celebradas en el marco del GATT
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