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Decisión de Ejecución (UE) 2015/2362 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2015, relativa a las exenciones del derecho antidumping ampliado aplicable a determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular China con arreglo al Reglamento (CE) n° 88/97 [notificada con el número C(2015) 9049]

CELEX
32015D2362
Document type
DEC_IMPL
Sector
Legislation
Date of document
2015-12-15
In force since
2015-12-16
Status
In force

Text

Article-level text, parsed from the formex manifestation.

Article 1

A los efectos de la presente Decisión, se aplicarán las definiciones que figuran en el artículo 1 del Reglamento (CE) no 88/97.

Article 2

Las partes que figuran en el cuadro 1 quedan eximidas de la ampliación del derecho antidumping definitivo que se había establecido mediante el Reglamento (CEE) no 2474/93 del Consejo , en relación con las bicicletas originarias de la República Popular China, y que se amplió a las importaciones de determinadas piezas de bicicleta originarias de la República Popular China conforme al Reglamento (CE) no 71/97 del Consejo. Las exenciones surtirán efecto a partir de las fechas de recepción de las solicitudes de dichas partes. Estas fechas se indican en la columna «Fecha en la que surte efecto la exención». Las exenciones se aplicarán únicamente a las partes mencionadas expresamente en el cuadro 1 con su nombre y dirección. Las partes eximidas notificarán inmediatamente a la Comisión cualquier cambio de nombre o dirección, facilitando toda la información correspondiente, en particular cualquier modificación de sus actividades relacionadas con las operaciones de montaje desde el punto de vista de las condiciones de exención. Cuadro 1 Partes eximidas NombreDirecciónPaísExención con arreglo al Reglamento (CE) no 88/97Fecha en la que surte efecto la exenciónCódigo TARIC adicionalc2g-engineering GmbHSchlesische Straße 27, 10997 BerlínAlemaniaArtículo 716.12.2013B934Solo International OyPyyntitie 1 B, 02230 EspooFinlandiaArtículo 726.7.2013B940Planet X Ltd.Unit 6, Ignite Business Park, Magna Way, Rotherham, S60 1FDReino UnidoArtículo 77.2.2013A995Longway Poland Sp. z o.o.ul. Parzniewska 4a, 05-800 PruszkówPoloniaArtículo 716.12.2013B935BBF Bike GmbHCarena Allee 8, 15366 HoppegartenAlemaniaArtículo 714.1.2014B936

Article 3

Queda rechazada con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 88/97 la solicitud de exención del derecho antidumping ampliado que presentó la parte que figura en el cuadro 2. A partir de la fecha indicada en la columna «Fecha en la que surte efecto la exención», queda anulada la suspensión del pago del derecho antidumping ampliado respecto a esta parte con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 88/97. Cuadro 2 Parte para la que se anulará la suspensión NombreDirecciónPaísAnulación de la suspensión con arreglo al Reglamento (CE) no 88/97Fecha en la que surte efecto la exenciónCódigo TARIC adicionalS.C EUROBIKE UNIVERSAL S.R.L.Str. Asociației, nr. 4, Movilița, IalomițaRumaníaArtículo 726.7.2013B941

Article 4

Las referencias actualizadas de la parte que figura en el cuadro 3 se indican en la columna «Nueva referencia». Se mantienen los códigos TARIC adicionales asignados anteriormente a estas partes eximidas, que figuran en la columna «código TARIC adicional». Cuadro 3 Parte eximida cuya referencia se actualiza Referencia anteriorNueva referenciaPaísCódigo TARIC adicionalFecha en la que surte efecto la exención S.N.C. Cicli Olympia di Pasquale e Antonio Fontana & C. Via Galileo Galilei 12/A, 35028 Piove di Sacco (PD) Cicli Olympia S.r.l. Via Galileo Galilei 12/A, 35028 Piove di Sacco (PD) ItaliaA1671.1.2016

Article 5

Las partes que figuran en el cuadro 4 están siendo examinadas con arreglo al artículo 6 del Reglamento (CE) no 88/97. La suspensión del pago del derecho antidumping ampliado con arreglo al artículo 5 del Reglamento (CE) no 88/97 será efectiva a partir de las fechas de recepción de las solicitudes de las partes. Estas fechas se indican en la columna «Fecha en la que surte efecto la exención». Estas suspensiones se aplicarán solo a las partes que están siendo examinadas y que se mencionan expresamente en el cuadro 4 con sus nombres y direcciones. Estas partes notificarán inmediatamente a la Comisión cualquier cambio de nombre o dirección, facilitando toda la información correspondiente, en particular cualquier modificación de sus actividades relacionadas con las operaciones de montaje desde el punto de vista de las condiciones de suspensión. Cuadro 4 Partes que están siendo examinadas NombreDirecciónPaísSuspensión con arreglo al Reglamento (CE) no 88/97Fecha en la que surte efecto la exenciónCódigo TARIC adicionalIn Cycles — Montagem e Comércio de Bicicletas LdaZona Industrial De Barrô Norte/Sul, No 976, Fracçao A/B e D, AP. 52, 3750-353 Barrô — ÁguedaPortugalArtículo 52.5.2014B960PANEX DINAMIC d.o.o.Dr. Tome Bratkoviča 1, 40000 ČakovecCroaciaArtículo 513.8.2014B963CICLI EUROPA s.r.l.34 Via portella Bifuto, 93017 San Cataldo (CL)ItaliaArtículo 510.9.2014C001OLYMPIQUE SARLZA Les Epalits, 42610 Saint-Romain-le-PuyFranciaArtículo 528.10.2014C002Interbike Spólka z o.o.ul. Śląska 6/5, 42-200 CzęstochowaPoloniaArtículo 518.12.2014C003Kuisle & Kuisle GmbHFüssener Straße 22 a, 87675 StöttenAlemaniaArtículo 517.2.2015C021CycleSport North Ltd363 Leach Place, Walton Summit Center, Preston, PR5 8ASReino UnidoArtículo 527.4.2015C049Firma Handlowo-Usługowo-Produkcyjna «Trans-Rower» Roman TylecDąbie 47, 39-311 ZdziarzecPoloniaArtículo 51.7.2015C053

Article 6

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros y las partes citadas en los artículos 2, 3, 4 y 5. La presente Decisión se publicará, asimismo, en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Relations

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