Decisión de la Agencia de Abastecimiento de la Comunidad Europea de la Energía Atómica por la que se adopta el Reglamento de la Agencia por el que se determinan las modalidades de confrontación de las ofertas y las demandas de minerales, materiales básicos y materiales fisionables especiales y se deroga el Reglamento de la Agencia de Abastecimiento de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, de 5 de mayo de 1960, modificado por el Reglamento de 15 de julio de 1975
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Article 1
Queda adoptado el Reglamento de la Agencia de Abastecimiento de la Comunidad Europea de la Energía Atómica que figura en el anexo de la presente Decisión, por el que se determinan las modalidades de confrontación de las ofertas y las demandas de minerales, materiales básicos y materiales fisionables especiales.
Article 2
El Reglamento de la Agencia Europea de Abastecimiento de la Comunidad Europea de la Energía Atómica por el que se determinan las modalidades de confrontación de las ofertas y las demandas de minerales, materiales básicos y materiales fisionables especiales vigente actualmente quedará derogado una vez que entre en vigor el nuevo Reglamento.
Article 3
La presente Decisión entrará en vigor el 1 de julio de 2021, siempre que reciba la aprobación de la Comisión Europea. Se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea junto con la Decisión de la Comisión por la que se apruebe.
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