Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2320 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2025, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/633 por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de glutamato monosódico originario de la República Popular China y de Indonesia, tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo
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Article 1
1 El artículo 4 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/633 se modifica como sigue: «PT. Miwon IndonesiaB962» se sustituye por el texto siguiente: «PT. Daesang Ingredients IndonesiaB962»
2 El código TARIC adicional B962 atribuido anteriormente a PT. Miwon Indonesia se aplicará a PT. Daesang Ingredients Indonesia a partir del 7 de enero de 2025. Se devolverá o condonará, de conformidad con la legislación aduanera aplicable, todo derecho definitivo pagado en relación con las importaciones de productos fabricados por PT. Daesang Ingredients Indonesia que exceda del derecho antidumping establecido en el artículo 4 del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/633 respecto a PT. Miwon Indonesia.
Article 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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